Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea

Asesoramiento jurídico para familiares extranjeros de ciudadanos de la UE o españoles que desean residir legalmente en España, con preparación completa del expediente de tarjeta comunitaria.

Introducción

Asesoramiento legal para obtener la tarjeta comunitaria en España

La tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea permite que determinados familiares de ciudadanos comunitarios puedan residir y trabajar legalmente en España cuando acompañan o se reúnen con el ciudadano de la UE.

Aunque se trata de un procedimiento regulado por el régimen comunitario, la administración exige acreditar correctamente el vínculo familiar, la situación del ciudadano europeo en España y, en algunos casos, la convivencia o la dependencia económica.

Desde nuestro despacho en Alicante, analizamos cada caso para determinar la vía jurídica adecuada, preparar el expediente completo y presentar la solicitud ante la oficina de extranjería competente, procurando que la documentación cumpla con los requisitos establecidos por la normativa.

Años de experiencia
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¿Cuál es el tuyo?

¿A quién va dirigido?

Este servicio está orientado a familiares extranjeros de ciudadanos de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo que viven o van a vivir en España.

Personas que:

Entre los casos más habituales se encuentran: Cónyuge o pareja registrada de un ciudadano de la UE
  • Matrimonios legalmente reconocidos
  • Parejas registradas oficialmente en registros públicos
Parejas de hecho no registradas En algunos casos es posible solicitar la tarjeta comunitaria cuando se puede acreditar una relación estable y duradera, normalmente mediante pruebas de convivencia o relación continuada. Hijos del ciudadano de la UE o de su cónyuge o pareja
  • Hijos menores de 21 años
  • Hijos mayores de 21 años cuando existe dependencia económica
  • Hijos del cónyuge o pareja cuando existe custodia o dependencia acreditada
Ascendientes del ciudadano de la UE o de su cónyuge o pareja
  • Habitualmente mayores de 65 años
  • Debe acreditarse dependencia económica real y continuada
Otros familiares en situaciones especiales La normativa también contempla algunos supuestos en los que pueden valorarse otros familiares cuando concurren circunstancias como:
  • Dependencia económica acreditada
  • Convivencia prolongada con el ciudadano de la UE
  • Motivos humanitarios
  • Necesidad de acompañamiento o cuidado personal

Este servicio no es adecuado para:

  • Familiares que no pueden acreditar un vínculo real con el ciudadano comunitario

  • Parejas que no pueden demostrar una relación estable y continuada

  • Ascendientes que no acreditan dependencia económica

  • Personas que carecen de documentación válida o mantienen antecedentes pendientes de resolver

  • Familiares de ciudadanos extracomunitarios que no poseen nacionalidad de la UE

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La solicitud de la tarjeta comunitaria requiere analizar el vínculo familiar, verificar la situación del ciudadano europeo en España y preparar correctamente la documentación del expediente.

Diagnóstico Jurídico y Viabilidad (El paso más importante)

Preparación Técnica del Expediente

Presentación, seguimiento y defensa

Acompañamiento posterior

Seguridad Jurídica en Alicante

Expedientes de tarjeta comunitaria que requieren un análisis más detallado

En la práctica, muchos expedientes presentan situaciones familiares o administrativas que requieren una preparación más cuidadosa.

Esto ocurre con frecuencia cuando:

  • Se trata de parejas no registradas que deben acreditar una relación estable

  • Es necesario demostrar dependencia económica de ascendientes o hijos mayores de 21 años

  • El familiar extranjero se encuentra en España en situación irregular

  • Existen documentos extranjeros que deben legalizarse o traducirse

En estos casos es especialmente importante organizar correctamente la documentación y fundamentar jurídicamente el expediente, para evitar incidencias durante la tramitación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué familiares pueden solicitar la tarjeta comunitaria?

Principalmente cónyuge o pareja, hijos y ascendientes del ciudadano de la UE, aunque en determinados supuestos también pueden valorarse otros familiares cuando existe dependencia o convivencia acreditada.

Sí, normalmente el ciudadano europeo debe residir en España o trasladar su residencia al país, ya que el derecho del familiar deriva de esa residencia.

En la mayoría de los casos, la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE permite trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

En determinados supuestos es posible cuando se puede acreditar una relación estable y duradera mediante pruebas documentales suficientes.

La duración habitual es de cinco años, siempre que se mantengan las condiciones que dieron origen al derecho de residencia.

Estudiamos la viabilidad de su tarjeta de residencia comunitaria

La obtención de la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE depende de acreditar correctamente el vínculo familiar y la situación del ciudadano europeo en España.

Si es familiar de un ciudadano de la Unión Europea y desea residir en España, podemos analizar su caso y preparar el expediente conforme a los requisitos establecidos por la normativa de extranjería.

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